Comunicado Especial de Datum.Net

Relacionado con las publicaciones del martes 18 de octubre del 2005, en los periódicos Al Día y El Financiero.

En consideración a nuestros clientes, la Gerencia General de Datum quiere mostrarles la realidad sobre las publicaciones mencionadas, ya que en las mismas se dicen cosas totalmente imprecisas y además contienen errores producto de la falta de investigación periodística, que no pueden ser pasados por alto ni mucho menos ignorados.


Sobre la publicación del Periódico Al Día,
portada y página 2 (18 de agosto del 2005)

 

·        Casos judiciales por deudas (en condición de deudora o fiadora) de Ana Rocío Pradilla. Según la publicación, la afectada indica que le aparecen dos cobros judiciales que “... correspondían a dos personas que ni conozco”, y que en Datum se los pusimos a ella.

 

Lo anterior no es cierto.  Para información de nuestros clientes, quedan a disposición los  expedientes:

 

1)      No. 6511-94 de la Alcaldía Primera Civil de Hacienda, donde consta un proceso de Ejecutivo Simple del Banco Nacional de Costa Rica contra Ana Rocío Pradilla Rodríguez;

2)      No. 7528-94 de la Alcaldía Civil de Hacienda, Sección Primera, relacionado con proceso Ejecutivo Simple del Banco Popular contra la misma persona, y otros dos más;

 

3)      No. 95-009146-228-CA de la Alcaldía Civil de Hacienda, Sección Primera, Ejecutivo Simple del Banco Nacional contra la persona descrita.

 

 

·        Información sobre el estado civil de Ana Rocío Pradilla.  Según señala esta persona, la información que se publica en la página indicaba que estaba casada.

Lo anterior no es cierto.  Como bien lo pueden constatar en la pagina de Datum, los registros de estado civil publicados sobre esta persona, corresponden como ella misma lo indica, que su condición de último estado civil es de Divorciada desde el 07/10/1988.

Los registros de este tipo que Datum publica en su página provienen del Registro Civil. Para ello, solicitamos las debidas certificaciones a esa Institución Estatal y pagamos los timbres de Ley.  La información que consta en Datum es completa y exacta.

Sobre la publicación del Periódico El Financiero, pagina 39 (19-10-2005)

Bajo el título

“Sala IV limita espacio a protectoras de crédito”.




Como bien lo señala esa publicación, es importante hacer notar que la Sala Constitucional (cuyas resoluciones no tienen apelación) ha tenido varias orientaciones de criterio respecto a la información que ofrecemos en la página Datum;  y en definitiva, no establece una posición única y clara sobre el tema.   De esta noticia es cierto que la Sala Constitucional en su continuo cambio de criterio, pareciera que quiere limitar la información que nuestros clientes tienen derecho a recibir.  Es por ello que como bien se expuso, Datum defenderá en todas las instancias posibles,  el derecho a la información.

 

Una muestra de que no existe acuerdo sobre estos temas, es lo indicado por el Abogado del mismo Poder Judicial, Alfredo Chirino, donde señala que “no existe un criterio especifico sobre cual es el tiempo razonable para que una empresa bancaria o protectora de crédito mantenga información de una persona es sus bases de datos para efectos crediticios.”

 

Para finalizar, les informamos a todos nuestros clientes que estamos preparando el “Derecho de Respuesta” para que de igual manera, conozcan la verdad respecto a las publicaciones que se comentaron.  Por el momento, en nuestra pagina web www.datum.net hemos colocado información aclaratoria sobre las publicaciones.



    Sobre el caso de Maria Eugenia Flores. La persona alega que le negaron un trámite en una Cooperativa por información publicada por Datum.

Lo anterior no es cierto.  La persona nunca fue consultada en nuestra página Datum, por la Cooperativa que en principio le negó un trámite.  Además, la persona nunca acudió a nuestras oficinas para conocer su registro crediticio, ni mucho menos solicito alguna rectificación de los datos.  Respecto a la posible Ejecución de Sentencia que señala la persona, la misma no tiene razón ni fundamento.  ¿Qué daño va a reclamar esa persona a nuestra empresa, si ni siquiera fue consultada en nuestra página?

·        Como bien se indica en la publicación, la Sala Constitucional ha reconocido en varias oportunidades como de interés público la información crediticia que le ofrecemos a nuestros clientes.  Uno de los votos señala:

“Por el contrario, se admite la legitimidad constitucional de que datos atinentes al historial crediticio de las personas sean recopilados y puestos a disposición de terceros, aún sin el consentimiento de su titular, siempre que la información sea pública, veraz, actualizada y no quepa duda acerca de la titularidad del sujeto al que se refiere la información.”.  Fuente: (Voto 2004-00147)

 

Cabe la oportunidad para reiterarles a todos nuestros clientes, que el servicio ofrecido por Datum cumple en todos los extremos con lo indicado por la Sala Constitucional en cuanto a que los datos son exactos, completos y actualizados.  Asimismo, es importante recalcar que la actividad Datum, como bien lo ha descrito la misma Sala, es la de:

“...sistematizar la información que sobre una determinada persona existe en diversas fuentes públicas, sin crearla ni incursionar en comunicaciones o registros privados o confidenciales, a fin de brindar información de interés para terceras personas sobre la solvencia económica o de crédito de un solicitante. Asimismo, pone en conocimiento de quien requiere sus servicios, las limitaciones que puede tener la información brindada, para que estas sean tomadas con las reservas del caso, sin que ello constituya trasgresión de derecho fundamental alguno". Fuente: Voto 2563-99.

 

Al respecto, debemos recalcar que nosotros en Datum no emitimos criterios sobre los registros de las personas, ni es nuestra intención aprobar o negar un crédito; y que la información que recopilamos de las fuentes públicas se le traslada a nuestro cliente con el propósito de proteger la actividad del crédito.


Resultados de la encuesta al dia 18 de Octubre 2005.

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